Vencimientos de enero

A través de la disposición Nº 6838 el Director General de Defensa y Protección al Consumidor, Dr. Carlos L. Traboulsi, dispone una prórroga hasta el 31 de enero de 2026 inclusive para que los administradores que hayan ejercido la actividad en el período 2024 presenten su Declaración Jurada de consorcios administrados.
Finalizado el plazo, sin que los administradores de consorcios hayan dado debido cumplimiento a la obligación establecida por el artículo 12 de la Ley 941 y asimismo, artículo 12 del Decreto Reglamentario N° 551/2010, serán considerados incursos en infracción establecida por el artículo 15 inciso f) de la Ley 941.
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