
* Nuevo plan de facilidades de pago
A través de la Resolución General ARCA Nº 5.629 se establece un nuevo plan de facilidades de pago por deudas impositivas y de seguridad social al 31 de diciembre de 2024. Es de destacar que incluye a las administraciones (ya sea personas humanas o jurídicas siempre que cuenten con certificado Mypme) y a los consorcios.
Quedan excluidos entre otros los aportes y contribuciones destinados al régimen de obras sociales, las cuotas a las ART y el S.C.V.O. Los planes de pagos nuevos se podrán confeccionar a partir del 3 de febrero de 2025 hasta el 30 de abril de 2025.
La cantidad máxima de cuotas, así como la tasa de interés a aplicar, dependen del tipo de deuda que sea desee regularizar como así también del tipo de contribuyente que se trate y serán informadas por el sistema al momento de ingresar a la confección del plan.
La cantidad máxima de cuotas prevista es de hasta 48 siendo el importe mínimo de cada una no menor a $ 2.000 y la tasa de interés de financiación será la que resulte de aplicar el 25% o 40 % sobre la tasa de interés resarcitorio vigente a la fecha de consolidación del plan de facilidades de pago.
* Transparencia fiscal
A través de la Resolución General ARCA N° 5614 se reglamenta el “Régimen de Transparencia Fiscal” previsto en la Ley 27.743.
A tales efectos establece que a partir del 1° de abril de 2025 será obligatoria la exhibición en todo comprobante emitido a consumidor final del detalle y monto de los componentes impositivos incluidos en las facturas, en tanto que desde el 1° de enero de 2025 al 31 de marzo resulta de carácter optativo.
Quienes facturan a través de la página o la aplicación de ARCA no deberán hacer nada dado que el fisco ya ha adaptado sus sistemas. En tanto que quienes generen los comprobantes a través de un sistema, deberán contactarse con los proveedores del mismo para que realicen las adecuaciones pertinentes dentro de los plazos antes descriptos.
* Prórroga entrada en vigencia nuevo sistema de rubrica de Libro Sueldos, tanto en CABA como en provincia de Buenos Aires
A través de la Disposición DGRDT 2357/2024 y la Resolución 3159/2024 tanto Ciudad de Buenos Aires como Provincia de Buenos Aires han decidido prorrogar el plazo de entrada en vigencia de los nuevos sistemas de rúbrica de los Libros de Sueldos.
En el caso de la CABA el nuevo plazo para adecuarse al sistema será hasta el 1º de abril de 2025, aplicándose al libro correspondiente al período de marzo de 2025, en tanto que en Provincia se ha establecido un cronograma escalonado de acuerdo a la cantidad de empleados según el siguiente detalle:
- Los empleadores que ocupen más de cien (100) trabajadores/as, tendrán plazo para adecuarse al sistema hasta el día 1° de marzo de 2025.
- Los empleadores que ocupen entre cincuenta (50) y noventa y nueve (99) trabajadores/as, tendrán plazo para adecuarse al sistema hasta el día 1° de abril de 2025.
- Los empleadores que ocupen entre diez (10) y cuarenta y nueve (49) trabajadores/as, tendrán plazo para adecuarse al sistema hasta el día 1° de mayo de 2025.
- Los empleadores que ocupen menos de diez (10) trabajadores/as tendrán plazo para adecuarse al sistema hasta el día 1° de junio de 2025.”
* Recategorización en monotributo
Recordamos que ARCA ya publicó en su sitio web la tabla con los valores actualizados de Monotributo. La recategorización semestral podrá efectuarse hasta el 5 de febrero de 2025 inclusive teniendo en cuenta lo acontecido con cada parámetro a considerar desde el 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024 y teniendo en cuenta los montos de la nueva tabla.
* Recategorización en Régimen Simplificado Ingresos Brutos CABA
Recientemente el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha anunciado que la recategorización en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la CABA se realizará durante el mes de febrero de 2025. En tal sentido se deberá tener en cuenta lo acontecido con cada parámetro a considerar desde el 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024 y considerando los montos de la nueva tabla.