
Participaron del encuentro: Alejandro Pérez, DGDyPC; Agustín Garzón, Registro Público de Administradores; Diego Sarrabayrouse, Registro Público de Administradores; Miguel Ángel Summa, Presidente de la CAPHyAI y Alejandro Casella, Vicepresidente 1° de la CAPHyAI.
En la oportunidad se abordaron los siguientes temas:
1.- Cursos de formación para administradores
Desde la CAPHyAI manifestamos preocupación respecto del efectivo cumplimiento de la carga horaria mínima exigida para los cursos de formación.
Se señaló que históricamente se tomó como referencia una carga de 120 horas, aunque la Disposición DI-2024-3335-GCABA-DGDyPC menciona en sus considerandos una carga mínima de 60 horas, lo cual actualmente genera distintos criterios de interpretación y aplicación entre las instituciones.
También planteamos que muchas entidades estarían desarrollando cursos de entre 60 y 70 horas, incorporando además modalidades mixtas con clases sincrónicas y asincrónicas, dificultando verificar el efectivo cumplimiento de los requisitos formativos.
Asimismo, se expuso la preocupación respecto de instituciones que funcionarían bajo esquemas similares a franquicias, tercerizando el dictado de cursos en otras entidades y luego validando certificados mediante mecanismos poco claros.
2.- Problemas en evaluaciones y control académico
Se analizaron las dificultades actuales para garantizar autenticidad y transparencia en evaluaciones virtuales, debido al avance de herramientas de inteligencia artificial.
Se destacó que exámenes multiple choice o a desarrollar realizados online presentan serias limitaciones para verificar que las respuestas correspondan efectivamente al alumno.
También se mencionaron problemas vinculados con:
* Validación de identidad
* Control real de asistencia
* Cumplimiento efectivo de carga horaria
* Permanencia y participación activa durante clases.
Por ello, se consideró necesario evaluar algún grado mínimo de presencialidad tanto en clases como en exámenes.
Desde CAPHyAI se explicó, además, que nuestra institución toma un examen independiente por cada materia del curso, debiendo aprobarse obligatoriamente los cuatro exámenes, entendiendo que ello permite una evaluación más objetiva y rigurosa.
3.- Criterios de sanción
También trasladamos preocupación respecto de los criterios actualmente utilizados para aplicar sanciones a administradores matriculados.
Se manifestó que la escala sancionatoria resulta en muchos casos excesiva en relación con las multas previstas por la Ley 941, y que existe escasa utilización del apercibimiento como instancia previa a la multa económica.
Se propuso avanzar hacia criterios más proporcionales y vinculados al eventual daño patrimonial efectivamente ocasionado.
4.- Manual de Buenas Prácticas Consorciales
Se planteó además la necesidad de revisar, corregir o eventualmente derogar ciertos puntos del Manual de Buenas Prácticas Consorciales por contener criterios que no se ajustan a la normativa vigente.
En particular, se hizo referencia expresa al texto de la página 18 del manual, donde se indica que la cuenta bancaria del consorcio debe tener firma conjunta entre el administrador y un miembro del consejo o un consorcista designado.
Se dejó constancia de que dicho criterio contradice el texto vigente de la Ley 941 desde su modificación del año 2018, ya que actualmente la norma no exige esa modalidad de firma conjunta.
5.- Examen de matriculación
Finalmente, se conversó sobre el examen que toma actualmente la Dirección General a quienes solicitan matrícula como administradores.
Desde CAPHyAI se propuso avanzar hacia sistemas de evaluación más objetivos y homogéneos, evitando que el examen dependa exclusivamente del criterio de cada mesa examinadora respecto del tipo, cantidad o enfoque de las preguntas.
Como alternativa, se sugirió analizar exámenes escritos estructurados, eventualmente mediante sistemas multiple choice.






