Monotributistas, profesionales, comerciantes, sociedades y empresas deben obtener el Certificado MiPyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo. El trámite se hace online en la web de la AFIP. Solicitar el documento no modifica la situación fiscal de los contribuyentes, sino que los habilita a acceder a beneficios como la moratoria. Durante los primeros dos meses del año, 155.167 personas jurídicas y humanas obtuvieron el certificado.
«La moratoria ofrece un alivio para la situación de asfixia financiera en la que se encuentran las pymes», expresó la directora de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, según un comunicado difundido por el organismo.
El plan es una de las herramientas previstas en la ley de solidaridad social y reactivación productiva para atender la situación de las pequeñas empresas, los monotributistas y las entidades sin fines de lucro con deudas acumuladas a lo largo de los últimos años. Con estímulos para el ingreso temprano al programa, propone que los contribuyentes que se adhieran más rápido cuenten con mayores beneficios.
La diferencia más relevante respecto de los planes anteriores es que la moratoria da plazo hasta mediados de julio para recuperarse y comenzar a pagar a partir de ese momento.
Los consorcios también
¿Quiénes son los contribuyentes alcanzados por esta moratoria? Podrán adherir las micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos, con la condición de que tengan su Certificado Mipyme, que se consigue con un trámite en la página de la AFIP.
El plan también alcanza a entidades sin fines de lucro, que deben estar registradas como asociaciones, fundaciones, cooperativas, consorcios de propietarios, mutuales, cooperadoras, institutos de vida consagrada o entidades religiosas, entre otras figuras jurídicas.




