Estimado Socio
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Ref.: A.F.I.P. – RESOLUCI?N GENERAL N? 2159 ?REGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS?
Informamos a Ud. que con fecha 15/01/2009, hemos solicitado al Administrador Federal de Ingresos P?blicos una audiencia para tratar el tema de las presentaciones de las D.D.J.J. en relaci?n a su valor fijado para las mismas.
RECORDATORIOS
1) Resoluci?n General 2159 de AFIP: Contin?a vigente dicha Resoluci?n, la cual establece el R?gimen de Informaci?n de Expensas. Esto se debe a que a?n la Corte Suprema de Justicia de la Naci?n no se ha pronunciado respecto del recurso presentado por la C?mara Argentina de la Propiedad Horizontal que solicitaba la nulidad de la norma. Hasta tanto la Corte no emita su veredicto, la Resoluci?n contin?a vigente.
Recordamos que el vencimiento para brindar la informaci?n respecto del segundo semestre de 2009 operar? el pr?ximo 26 de febrero de 2010.
Aclaramos que la AFIP no ha ajustado el valor de las expensas a partir del cual debe brindarse la informaci?n, continuando en $ 3.600 por semestre. Es decir que el administrador de consorcios deber? cumplimentar el r?gimen respecto de todas aquellas unidades que superen los 100 metros cuadrados de superficie y cuyos montos de expensas en el ?ltimo semestre de 2009 hayan sido de $ 3.600 o m?s.
2) C.C.T. ? FATERYH: Les recordamos que seg?n el acuerdo paritario homologado seg?n Disposici?n D.N.R.T. N? 106 del 16/07/2009, se dispone que en los meses de enero y febrero de 2010, se abonar? una suma fija de car?cter no remunerativa de $ 240 cada una. En el caso de los empleados de media jornada, suplentes y jornalizados, la misma se deber? calcular en forma proporcional.
Consejo Directivo



