Señor Asociado:
Nos dirigimos a Usted con el objeto de informarle que el día 18/10/12, ha sido publicada en el Boletín Oficial CABA la Resolución N° 408 SECGCYAC/12. La misma establece un modelo único digital de liquidaciones de expensas, el envío por correo electrónico de tales liquidaciones con los comprobantes respaldatorios digitalizados, un modelo de recibo de pago de expensas y la bancarización de todos los ingresos y egresos de fondos del consorcio. También dispone un plazo de 60 días, a partir de la fecha de publicación, para cumplimentar con todo lo expuesto.
Adjuntamos en circular texto completo de la resolución y su anexo.
Nuestra posición ante esta nueva Resolución es que no estamos en nada de acuerdo con la misma, por tal motivo en el día de la fecha hemos firmado con nuestros asesores letrados un recurso de amparo para ser presentado ante la justicia de la CABA respaldándonos en la Ley N° 941 y su modificatoria N°3254. También se está evaluando efectuar la presentación de un recurso de amparo ante la Justicia Nacional sobre la base de la Constitución, la Ley N° 13512 y la Ley N°25326, de protección de datos personales. Les informamos que otra de las medidas que hemos tomado es que, en el día de la fecha, hemos publicado en los diarios Clarín (pág. 25) y Nación (pág. 9), junto a AIERH y UADI, una solicitada, en la cual exponemos nuestra posición.
Por último llevamos a su conocimiento que el día 1° del corriente mes hemos mantenido una reunión con el Director General de Defensa y Protección del Consumidor del GCABA, Dr. Juan M. Gallo, y con la Coordinadora del Registro Público de Administradores, la Sra. Gabriela Pilar Saldivia, en relación a la aplicación de la mencionada Resolución. Esta reunión fue promovida por el Dr. Gallo. Participaron también representantes de AIERH, UADI y AIPH. Durante la misma se plantearon los problemas que generan a la administración esta nueva carga de trabajo y lo poco beneficioso para el propietario en general porque no le permitirá mejorar el control con estas medidas. Se sumaron diversas inquietudes y observaciones en relación a la Resolución Nº 408/SECGCYAC/12 (digitalización de expensas). Se concluyó que las Instituciones elevarán una propuesta formal a la Dirección mencionada, en un término máximo de 10 días, con el objeto de puntualizar las observaciones y efectuar las propuestas que mejoren o superen el sistema; entre ellas la posibilidad de que los propietarios opten por el uso o no de la cuenta corriente y la posibilidad de que no se digitalice la información y este sistema se supla con otra modalidad de control.
Cabe destacar la buena predisposición mantenida por el Dr. Juan M. Gallo y la Sra. Gabriela Pilar Saldivia por haber permitido que las instituciones que entienden y trabajan día a día con la problemática de los consorcios de propiedad horizontal, puedan aportar todos sus conocimientos para una mejor administración al servicio de todos.
Atentamente.
El Consejo Directivo
