G.C.B.A. – A.G.I.P. – REGISTRO DE EMPLEADORES.
Señores Asociados:
Dada las dificultades existentes, La AGIP dispuso una nueva facilidad para cumplimentar con el Registro de Empleadores que, si bien no emana de ninguna norma, está habilitado desde principios de la semana pasada y tiene que ver con la obtención de la clave de identificación con la cual tendrá acceso al aplicativo.
En su página informa:
Empleadores sin Rúbrica en CABA o con rúbrica anterior a marzo de 2003:
Podrá generar una clave vía internet con la cual acceder al aplicativo. Ingresará sus datos antes del 15 de julio y el sistema le otorgará un ticket de inscripción provisorio, que se podrá reimprimir como definitivo una vez que se presente la documentación que abajo se indica en cualquiera de los CGP en los plazos indicados.
Documentación a presentar:
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Constancia de AFIP con régimen de empleador
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Estatuto de la Sociedad, en caso de ser una Persona Física o una Sociedad de Hecho deberá traer los DNI de cada uno de los integrantes.
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Último formulario 931 con comprobante de pago, y copia.
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Autorización en caso que la persona que realice el trámite no sea ni el empleador, ni el apoderado, ni el representante legal.
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Los Consorcios de Propietarios deberán presentan el Reglamento de Copropiedad y la última designación del administrador.
Nota: Si figura como empleador en la AFIP en el año 2009, aunque no haya tenido empleados y no haya presentado formulario 931, deberá registrarse presentando el resto de la documentación.
Plazos de entrega de la documentación:
DIGITO | FECHA
0-1 | 15 Julio -14 Agosto
2-3 | 15 Agosto – 14 Septiembre
4-5 | 15 Septiembre – 14 Octubre
6-7 | 15 Octubre – 14 Noviembre
8-9 | 15 Noviembre – 14 Diciembre



