Aclaraciones sobre el adicional no remunerativo especial por ?nica vez
Estimados Asociados:?
Con relaci?n a nuestra circular N? 005 de enero 2009 donde hacemos referencia al adicional no remunerativo especial por ?nica vez de $ 380.- (Pesos: trescientos ochenta), queremos hacerles las siguientes aclaraciones:
????????? TRABAJADORES DE JORNADA COMPLETA:
– ?$ 190.- (Pesos: ciento noventa) con los haberes correspondientes a Enero 2009.
– ?$ 190.- (Pesos: ciento noventa): con los haberes correspondientes a Febrero 2009.
????????? TRABAJADORES DE ? JORNADA
–?? $? 95.- (Pesos: noventa y cinco): con los haberes correspondientes a Enero 2009.
– ?? $ 95.- (Pesos: noventa y cinco): con los haberes correspondientes a Febrero 2009.
??????? JORNALIZADOS Y SUPLENTES
Percibir?n en ambos meses el pago de una suma de igual concepto que surja de los $ 190?/ 200?* ;a cantidad total de horas trabajadas.
