A continuación resumimos y recordamos tres nuevas obligaciones de aplicación para todos los responsables inscriptos en el IVA (válido tanto para los administradores como para los consorcios que perciben alquileres comerciales):
OBLIGACION DE EMITIR FACTURAS ELECTRÓNICAS
La Resolución General 3.749 de AFIP establece que los Responsables inscriptos en el IVA deberán emitir comprobantes electrónicos originales desde el 1° de julio de 2015 respecto de todas las operaciones realizadas en el mercado En la práctica esto sólo afectará a los administradores de consorcios que no tengan otra actividad, dado que los consorcios con alquileres comerciales y los administradores que además desarrollan la actividad de corretaje inmobiliario se encontraban obligados a emitir factura electrónica desde 2014.
RÉGIMEN INFORMATIVO DE COMPRAS Y VENTAS
A través de la Resolución General 3.685 de AFIP se instaura un nuevo Régimen Informativo mensual de Compras y Ventas que deberá ser confeccionado, entre otros, por quienes siendo inscriptos en el IVA emitan facturas electrónicas.
El mismo se confecciona utilizando el aplicativo “AFIP – DGI – REGIMEN DE INFORMACION DE COMPRAS Y VENTAS – Versión 1.0, en tanto que el vencimiento operará el mismo día en que vence la Declaración Jurada del IVA. A su vez la norma establece el siguiente cronograma de vencimientos escalonados respecto de los primeros períodos de 2015:
Enero y febrero de 2015: junto con la DDJJ de IVA del período mayo de 2015; Marzo y abril de 2015 junto con la de junio de 2015; Mayo y junio de 2015: junto con la de julio de 2015 y Julio y agosto de 2015: junto con la de agosto de 2015
DECLARACIÓN JURADA ONLINE DE IVA
La Resolución General 3.711 de AFIP determina que a partir del 1º de julio de 2015 la Declaración Jurada mensual de IVA ya no se confeccionará a través del aplicativo IVA vía sistema SIAP sino que se realizará de manera online desde la página web de la AFIP a través de la aplicación “Mis aplicaciones web” – Formulario F2002 IVA por Actividad”.



