053/2015 – Circular – Escala Salarial FATERYH – JUNIO/2015
Mediante la Ley Nº 27.073 publicada recientemente en el Boletín Oficial se introduce una modificación en la Ley de Contrato de Trabajo respecto de la fecha de pago de la segunda cuota del aguinaldo.
La misma establece que a partir de ahora resulta obligatorio para todo empleador abonar la segunda cuota del mismo ANTES del 18 de diciembre de cada año.
Hasta este momento si bien la gran mayoría de los empleadores tenía la costumbre de pagarlo antes de las fiestas no era obligatorio por ley.
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