060/2012 – Circular – Modificación Aumento Autónomos

De acuerdo a la Ley de Movilidad Jubilatoria, en los meses de marzo y septiembre de cada año se produce un aumento en tales haberes. En esta oportunidad, el incremento anunciado es del 11,42% y produce como consecuencia:

* AUMENTO EN LA CUOTA MENSUAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS
A partir del devengado septiembre  2012, cuyo vencimiento opera durante los primeros días del mes de octubre, la cuota mensual que abonan los trabajadores autónomos se elevará en la misma cuantía que el aumento otorgado a los jubilados. Entonces los nuevos montos serán:

Categorías

Importes en pesos hasta septiembre de 2012

Importes en pesos desde octubre de 2012

I

312,95

348,69

II

438,14

488,18

III

625,90

697.38,

IV

1.002,04

1.116,47

V

1.376,97

1.534,22