OBLIGACIÓN DE EXTERIORIZAR EN EL RECIBO DE SUELDOS EL BENEFICIO DE LA EXENCIÓN DE GANANCIAS POR EL MEDIO AGUINALDO DE DICIEMBRE DE 2012
A través de la Resolución General AFIP 3413 se establece que el monto que el empleador no retendrá en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre el medio aguinaldo de Diciembre de 2012, deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes correspondientes bajo el concepto «Beneficio Decreto Nº 2.191/12».
Recordamos que a través del Decreto 2191/2012 se dispone la exención de la retención del Impuesto a las Ganancias respecto de la segunda cuota del aguinaldo a otorgarse en el mes de diciembre. Esta medida, de carácter extraordinaria y por única vez, alcanzará a los trabajadores cuya mayor remuneración bruta mensual devengada entre los meses de julio a diciembre de 2012 no supere la suma de $ 25.000.
En concreto, el decreto establece el incremento del monto de la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario.
Luego la norma aclara que a efectos de obtener ese importe neto, se deberán detraer del importe bruto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario los montos de aportes correspondientes al Sistema Integrado Previsional Argentino —o, en su caso, los que correspondan a cajas Provinciales, Municipales u otras—, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Régimen Nacional de Obras Sociales y a cuotas sindicales ordinarias.
Ante esto sugerimos realizar el cálculo dos veces: una como si no existiera el beneficio descripto, para arribar al monto total que hubiera correspondido retener en el mes de diciembre y otra con las particularidades que introduce el Decreto 2191/12 para poder incorporar en el recibo el monto del beneficio.
Por ejemplo si la retención normal hubiera sido de $ 1.000 y la retención aplicando el Decreto 2191/12 asciende a $ 700, sugerimos colocar en el recibo de sueldos dos renglones:
“Retención Impuesto a las Ganancias …..$ 1.000” y luego
“Beneficio Decreto 2.191/12”…………… ($ 300)
Así el monto total que se retendrá ascenderá a $ 700



