AFIP: Obligación de incorporación al Régimen de Factura Electrónica
Estimado Asociado:
De acuerdo a lo expuesto en nuestra circular Nº 26, de Abril de 2011, le informamos que hemos mantenido la entrevista solicitada a la AFIP, en la cual fuimos recibidos por el Cdor. Javier Portal.
En dicha reunión nos han confirmado que todos los Administradores y Corredores inmobiliarios inscriptos como Monotributistas y que estén encuadrados en las categorías H e I, han sido alcanzados por la Resolución General AFIP 3067.
Por consiguiente, a partir del 1º mayo de 2011, estas categorías quedan incorporadas en forma obligatoria dentro del régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales a las operaciones realizadas en el mercado interno, “llámese emisión de facturas electrónica”.
Dado la complejidad del procedimiento a seguir para poder comenzar a emitir la facturación electrónica, recomendamos iniciar el mismo lo antes posible, tomando de guía lo informado en nuestra circular Nº 26.
Consejo Directivo



