A través de la RG 3640 (que deroga la RG 3490) la AFIP establece un nuevo procedimiento para presentar la disconformidad en los casos en que el fisco excluya de pleno derecho del Monotributo a los contribuyentes.
Recordamos que el Régimen Simplificado (Monotributo) establece una serie de causales de exclusión del mismo (como por ejemplo facturar más de los topes permitidos para la actividad). En caso de que la AFIP, a partir de la información obrante en sus registros y de los controles que efectúa por sistemas informáticos, constate la existencia de alguna de las causales de exclusión previstas notificará al contribuyente de tal situación, además de publicarlo en el Boletín Oficial.
La nueva normativa establece que el pequeño contribuyente que resulte excluido, podrá consultar las causales que determinaron tal circunstancia, así como el período en el cual se produjo dicha exclusión. Para ello deberá acceder con CUIT y Clave Fiscal a la aplicación “MONOTRIBUTO – EXCLUSION DE PLENO DERECHO”.