004/2015 – Circular – Monotributistas podrán Continuar Usando los Comprobantes en Existencia
Recordamos que la Resolución General AFIP Nº 3665 había establecido que desde noviembre de 2014 todos los monotributistas debían imprimir sus talonarios de facturas mediante un nuevo procedimiento en el que se requería autorización previa por parte del fisco (denominada “CAI).
Esa misma norma indicaba que los talonarios impresos con anterioridad a esa fecha (es decir sin “CAI”) sólo iban a ser válidos hasta el 31 de diciembre de 2014.
